Con el auge de los alquileres, inevitablemente surge también la proliferación de los subarriendos.
El mercado está lleno de gente en busca de alquileres, y el subarriendo se presenta como la forma perfecta para ayudar a pagar el alquiler.
De hecho, es perfectamente legal, salvo que en el contrato se especifique lo contrario, siempre y cuando el propietario de su consentimiento por escrito, práctica que es usual no hacer.
En caso de que el inquilino proceda a subarrendar la vivienda sin el consentimiento del propietario, o contraviniendo la cláusula del contrato (de haberla) que lo prohíbe, el propietario puede dar por finalizado dicho contrato y exigir que se abandone el piso.
No obstante si el contrato fue firmado antes de la ley de arrendamientos urbanos de 1994, sí se permite el subarriendo sin consentimiento del propietario, siempre y cuando no se exceda el número de dos subarrendados.

Es importante recordar los siguientes puntos a la hora de realizar el subarriendo.
- Sólo es posible subarrendar una parte de la vivienda.
- El dinero cobrado no puede exceder la cantidad pagada por el subarrendador en concepto de alquiler.
- Es posible pactara con el propietario la concesión de un porcentaje de dicho subarriendo.
- Si el contrato de arrendamiento concluye, también lo hace el de subarriendo.
- Las autoridades pueden limitar el número de personas que habita una misma casa.
Para más información sobre los alquileres os recomendamos que visitéis nuestras
guías.
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