
El Gobierno ha vuelto a revolucionar el mercado inmobiliario con una nueva medida fiscal: l
a rebaja del IVA del 8% al 4% para las compraventas de vivienda nueva.
Pero,
¿qué se entiende por 'vivienda nueva'? Estrenar una casa no significa que sea nueva. Al menos, ante Hacienda. Fiscalmente, este concepto nada tiene que ver, como pudiera parecer, con la edad del inmueble. Una realidad que, a buen seguro, desconoce la mayoría de potenciales compradores. Por ejemplo,
¿los pisos de la banca son nuevos? ¿su adquisición está gravada con el IVA que se paga al Estado o con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) -como casas de segunda mano- que se abona a las CCAA?Para descifrar el significado fiscal de la comúnmente conocida como 'vivienda nueva', lejos de estar especificado en el Real Decreto-ley 9/2011 aprobado por el Ejecutivo,
hay que remontarse a la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
No es lo mismo 'vivienda nueva' a efectos tributarios que a efectos estadísticos o de ayudas. Legalmente, están exentas del IVA "las segundas y ulteriores entregas de edificaciones". Por lo tanto,
se entiende por 'vivienda nueva' la "primera entrega" -como apunta la normativa de 1992-, "la (entrega) realizada por el promotor que tenga por objeto una edificación cuya construcción o rehabilitación esté terminada".
Estadísticamente, Fomento llama 'vivienda nueva' a las casas con menos de dos años de antigüedad.
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