Tengo un 'swap' en la hipoteca: ¿puedo anularlo y cómo?

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Equipo Inzoco | 22 Dec 2011 en Hipotecas y financiación
Tengo un El  'swap' (permuta) es un seguro contra la subida o bajada de los intereses hipotecarios.

Las dos partes que firman el contrato hipotecario aceptan que el crédito se referencia a un tipo de interés fijo durante un plazo establecido, con independencia de factores externos y se ha convertido en práctica habitual entre los bancos.

El problema llega cuando la gente sencillamente no sabe lo que está firmando.
Muchos bancos no habían informado a sus clientes.

Los fundamentos para declarar la nulidad de este contrato se basan en la falta de información y asesoramiento de la entidad financiera al cliente sobre los riesgos y consecuencias del contrato, que impide al contratante saber exactamente en qué consisten las obligaciones que contrae.

Para saberlo se deben dar una o varias de estas situaciones:

  • El suscriptor del contrato es una persona física o una pequeña o mediana empresa.
  • El contrato de préstamo o crédito al que se vincula el swap tiene una cláusula suelo (tipo de interés mínimo).
  • La entidad financiera presentó el 'swap' como un seguro frente a la subida de los tipos de interés.
  • En el contrato de 'swap' se han omitido los riesgos y consecuencias de esta suscripción en caso de brusca variación del tipo de interés de referencia.
  • La entidad financiera condicionó la aprobación de un préstamo hipotecario o crédito a la suscripción del 'swap'.

Si consideramos que el banco no informó debidamente de las obligaciones que contraía al suscribir un "swap" debemos:

  • Contactar con el Departamento de Atención al Cliente del banco -con el que deben contar todas las entidades de crédito- y/o con el Defensor del Cliente, figura de carácter potestativo que debe actuar con independencia y autonomía de la entidad.
  • Dirigirse al Servicio de Reclamaciones de cualquiera de estas tres instituciones: Banco de España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y Comisión Nacional del Mercado de Valores. Se puede dirigir por vía telemática, a través de Internet, por vía postal o por teléfono.

En caso de que ninguno de estos mecanismos funcione, podremos acudir a la Justicia.

Si deseas saber más sobre hipotecas puedes consultar esta guía.
   
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