Vigencia de los acuerdos tomados

PREGUNTA RESUELTA
gvillaforte | 18 Jun 2011 en Comunidad 1 comentario
En dos ocasiones, por medio de votación en reunión de la comunidad, se ha decidido no cubrir la piscina durante el invierno pero un vecino está empeñado en volverlo a proponer a votación en la próxima reunión del día 22 de junio. Se supone que los acuerdos tomados valen para un determinado periodo de tiempo pero no sé si legalmente está estipulado cuánto tiempo. Garcias anticipadas
   
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fisconta
06 Jul 2011 (20:06)

La Ley no contempla el tiempo que duran los acuerdos. Estos se entienden que responden al deseo de la mayoría y permanecen en el tiempo y salvo causas justificadas, se puede volver a someter a consulta. La lógica se impone en todas las actuaciones. Si algún propietario quiere proponer a votación una misma propuesta, ya votada, es porque creerá que cuenta con votos suficientes para que se cambie el sentido del voto. Aunque parece dificil que en una tercera votación pueda conseguirlo. Esta previsto por la LPH que si el Presidente se niega, logicamente, a someter a votación por tercera vez una misma propuesta, el peticionario puede con el respaldo del 25% de cuotas y propietarios solicitar que se celebre reunión a efecto y en esta convendría dejar zanjado de una vez por todas que respetando los plazos para salvar su voto los ausentes, este acuerdo sea definitivo y no se vuelva a proponer a excepción de surjan causas justificadas y puedan verse modificados los criterios que han movido a cada propietario a emitir su voto en el sentido que hayan elegido.

   
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