Expertosinformación

Edurne # 1315185
anónimo # 219110
Acanto Inmobiliaria Agencia de la Propiedad Imobiliaria API
# 310110
angely Profesional independiente
# 42882
juanjo # 58102
Joan # 68422

Pago de luz en piso de alquiler

PREGUNTA RESUELTA
Edurne | 22 Sep 2009 en Alquiler 4 comentarios
Estoy en un piso en alquiler, y este mes la empresa de la luz me ha pasado un recibo, que parece ser, debo pagar.

Llevo más de un año y nunca había sucedido. Cuando he empezado a informarme, parece ser que es que teníamos luz de obra.

¿Estoy obligada a pagar?
   
2
Compartir o enviar Denunciar

Respuesta aceptada

Acanto Inmobiliaria 05 Jan (14:49)

Hola Edurne,

En los contratos de arrendamientos, según la Ley de Arrendamientos, en el caso de vivienda salvo acuerdo en contrario, todos los consumos que tenga aparatos contadores individualizados correrán a cargo del arrendatario (inquilino).

En tu caso, si estaba con luz de obra y no te han pasado los gastos por consumo, es un dinero que te has ahorrado, pero ahora al poner contadores, el gasto te corresponde a ti.

Espero que te haya aclarado algo y recibe un cordial saludo.

   
1
Comentar
Luis Campos 19 Dec 2009 (17:54)
Hola :
La electricidad, como el Agua, es un consumo y por tanto lo debe pagar la persona que lo consume, salvo el caso de que se haya pactado que estará incluido en el importe del alquiler. Normalmente no se hace ya que como digo, debe pagarlo el que lo consume.
Comentar
Edurne 07 Jan (13:24)
Muchas gracias a todos. Creo que ya lo tengo más claro.
Comentar
E.Cruz 24 Sep 2009 (11:19)
Si es cierto que tenías luz de obra, eso significa que el propietario aún no te podía alquilar el inmueble, pues no tenía cédula de habitabilidad.

El tema del pago de la luz dependerá de lo que ponga tu contrato de alquiler, pero si es como me dices, no creo que ni sea legal.
Comentar